Las diferencias permanentes en el Impuesto sobre Sociedades son un concepto muy sencillo de entender. Es una partida que aunque puede ser que se haya contabilizado para determinar el resultado contable, tenga que ser eliminado de forma PERMANENTE para determinar el resultado fiscal.
¿Qué es una diferencia permanente?
El ejemplo más sencillo y con el que mejor se entiende qué es una diferencia permanente en el impuesto sobre beneficios es de una MULTA. Ésta se habrá contabilizado como gasto, para determinar el resultado contable, pero el fisco no lo considera como gasto, ni este año ni el que viene. Así que…puedes tenerlo en cuenta para saber tu resultado contable, pero quítalo para determinar tu resultado fiscal.
Imagina una empresa que durante el año ha vendido 1.000 euros y le han multado con 400 euros (por contaminar, por multas de tráfico, por sanciones medioambientales, etc). Pues bien, su resultado contable será un beneficio de 600 euros (1.000 euros de ventas menos 400 euros de multas). Sin embargo, su resultado fiscal será de 1.000 euros. (1.000 euros de ventas menos… nada. La multa es una diferencia permanente).
RESULTADO CONTABLE = Ingresos – Gastos = 1.000 – 400 = 600 euros.
RESULTADO FISCAL= Resultado Contable +Diferencia Permanente = 600 + 400 = 1.000 euros.
¿Cómo se contabilizan las diferencias permanentes?
En el momento de contabilizar el asiento del impuesto de sociedades, la existencia de diferencias temporales NO SUPONE NINGUNA PARTIDA CONTABLE. Y no supone ningún asiento adicional contable puesto no lo has tenido en cuenta para determinar el resultado fiscal de este ejercicio y no te va a afectar en el futuro. Es decir, no te lo vas a diferir a ejercicios futuros. (Mira si quieres la entrada de diferencias temporarias. También es interesante y práctica la entrada de bases imponibles negativas).
Dicho todo lo anterior, cuando existan diferencias permanentes, el asiento contable será sencillamente:
(DEBE) 6300 Impuesto sobre beneficios. Impuesto Corriente.
(HABER) 473 Hacienda Pública. Retenciones y pagos a cuenta.
(HABER) 4752 Hacienda Pública Acreedora por Impuesto sobre Sociedades.
Visto esto, una diferencia de este tipo, como lo es la multa, ¿siempre debe sumarse al resultado contable para determinar el resultado fiscal?
UNA DIFERENCIA PERMANENTE ¿SE SUMA O SE RESTA AL RESULTADO FISCAL?
Ya sabemos que una multa se suma al resultado de contabilidad para saber la base fiscal sobre la que tendremos que pagar el impuesto de sociedades. Esto se conoce como Ajuste Positivo. Vamos a ver qué tipos hay y cómo hacer para determinar la base del impuesto.
- GASTO CONTABLE NO DEDUCIBLE FISCALMENTE (Ajuste Positivo):
- La multa del ejemplo.
- Un gasto contable con defecto formal. Es decir, si has contabilizado como gasto algo para lo que no tienes documentación alguna…
- Gastos financieros de deudas con entidades del grupo (tienen que cumplir unas condiciones).
- Otros Gastos no deducibles.
- GASTOS FISCALES QUE NO LO SON EN CONTABILIDAD (Ajuste Negativo):
- En las diferencias permanentes, que ocurra que un gasto lo es fiscalmente y que no lo sea en contabilidad es muy raro, pero existen. Por ejemplo; la dotación a la reserva por factor de agotamiento.
- INGRESOS CONTABLES QUE NO SON INGRESOS FISCALES (Ajuste Negativo):
- Dividendos exentos de fuentes del extranjero.
- Rentas que están exentas por ser obtenidas a través de un establecimiento permanente en el extranjero.
- INGRESOS FISCALES QUE NO SON INGRESOS CONTABLES (Ajuste Positivo):
- Algunos casos de donaciones recibidas.
- Fácil que aparezca en operaciones vinculadas: Por ejemplo, al vender por debajo del precio de mercado.
Esperamos desde Avantial Auditores que después de leer esto quede un poco más claro qué es y cómo afectan las diferencias permanentes en el impuesto sobre beneficios.